La Agencia de Protección de Datos ha emitido una nota de prensa en la
que comunica la usurpación de su nombre con la finalidad de recabar
información de terceros.
Esta información solicitado hipotéticamente con el fin de proceder al
registro de los ficheros «no registrados» consistiría en los datos de
las cuentas bancarias de las empresas afectadas.
Cada vez suele ser mas habitual el pasar recibos bancarios a empresas
dando por hecho la solicitud de un servicio. Desde Hispasec Sistemas
aconsejamos en primer lugar dar orden de devolución del recibo en
cuestión seguido de la pertinente denuncia ante el juzgado. Es delicado
el que datos bancarios estén a disposición de empresas poco éticas y
mucho peor el cruzarnos de manos ante ello. No debemos olvidar que este
tipo de fraudes no sólo se realizan en Internet también existe en la
empresa clásica.
Nota Informativa de la Agencia de Protección de Datos
ADVERTENCIA PÚBLICA
Se ha tenido conocimiento en este Organismo de que se están enviando por
correo electrónico a responsables de ficheros automatizados mensajes en
los que aparece como remitente la Agencia de Protección de Datos –
Subdirección General de Inspección
(Inspeccion@agenciaprotecciondatos.org) y que, en síntesis, vienen a
indicar lo siguiente:
– «Habiendo recibido denuncias acerca de sus actividades en Internet por
estar usando direcciones de correo electrónico privadas que no están en
ninguna de las bases de datos que aquí se encuentran, procedemos a
instruirle un procedimiento sancionador», recordándole que el uso de
datos de carácter personal «puede suponer una multa de hasta 60.000
euros».
A la vista de lo anterior y sin perjuicio de las actuaciones legales que
esta Agencia de Protección de Datos pueda llevar a efecto, se informa de
que:
1.- Ninguno de los mensajes remitidos por correo electrónico procede de
esta Agencia de Protección de Datos.
2.- Las direcciones de correo electrónico privadas no quedan registradas
en las Bases de Datos de este Organismo.
3.- La actividad inspectora no se efectúa por correo electrónico, sino
mediante visita presencial debidamente autorizada, sellada y firmada por
el Director de la Agencia de Protección de Datos o comunicación por
correo ordinario en papel oficial de este Organismo.
4.- Las actuaciones que inician un procedimiento sancionador no se
comunican por correo electrónico, sino mediante Acuerdo oficial, firmado
por el Director de este Organismo, en el que se especifican las causas
de la supuesta infracción cometida y su fundamentación jurídica, dando
un plazo suficiente para presentar pruebas y alegaciones.
También se ha conocido por denuncias presentadas ante este Ente por
diferentes empresas, que han recibido llamadas telefónicas de quienes,
haciéndose pasar por la Agencia de Protección de Datos, les solicitan
los datos de su cuenta bancaria a efectos de pasarles los gastos por el
registro de sus ficheros.
A estos efectos se informa que:
1.- Ninguna llamada como las indicadas proviene de la Agencia de
Protección de Datos.
2.- La inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de
Datos no devenga tasa ni precio público alguno.
roman@hispasec.com
Más información:
Aviso Agencia de Protección de Datos
https://www.agenciaprotecciondatos.org/advertencia.htm
Deja una respuesta